Finalmente tenemos la normativa para la solicitud del cambio de jornada escolar.
Aquí os dejo varias cosas:
1. Normativa referente a la Consulta a Familias.
ORDEN
502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el procedimiento a se-
guir
para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros públicos que im-
parten
segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en la Comu-
nidad
de Madrid
…
Consulta
a las familias.
La
consulta a los padres o representantes legales de los menores tiene carácter
obliga-
torio
y deberá realizarse conforme al siguiente proceso:
a)
Reunión informativa: La reunión informativa será convocada por el equipo direc-
tivo,
en colaboración con los representantes de los padres de alumnos en el Con-
sejo
Escolar. El Secretario del centro levantará acta de la reunión informativa con
las
familias.
b)
Actualización y publicación del censo: El censo de votantes estará formado por
to-
dos
los padres o representantes legales de los menores que estén matriculados en
el
centro. Dicho censo será actualizado por el Consejo Escolar, quedando recogi-
da
dicha circunstancia en el acta de la sesión, y será expuesto en el tablón de
anun-
cios
del centro.
Se
establece un plazo de reclamaciones de tres días lectivos contados a partir del
día
siguiente al de su exposición. Una vez resueltas las reclamaciones, se expon-
drá
el censo definitivo en el tablón de anuncios del centro.
c)
Constitución de la mesa electoral: La mesa electoral estará integrada por el
Direc-
tor
del centro y cuatro padres o representantes legales de los menores designados
por
sorteo de entre los incluidos en el censo. Dicho sorteo será realizado por el
Consejo
Escolar que, por el mismo procedimiento, elegirá a cuatro suplentes.
La
mesa electoral se constituirá el día fijado para la votación una hora antes del
inicio
de la misma. Actuará como Presidente el Director del centro y como Secre-
tario
el representante de los padres de menor edad. Podrá actuar como supervisor
de
la votación un padre o representante legal de los menores propuesto por cada
Asociación
o Asociaciones de Padres de Alumnos legalmente constituidas en el
centro.
d)
Votación: La votación será convocada por la mesa electoral con una antelación
mínima
de cinco días naturales y suficiente publicidad para que pueda ser conoci-
da
por todas las familias y se realizará en un único día en un horario que
facilite
el
ejercicio del voto a todos los integrantes del censo. Solo podrá celebrarse una
votación
por curso escolar para esta finalidad.
A
cada persona le corresponderá un solo voto, que será personal y no delegable y
podrá
ser emitido por correo. La papeleta de voto se ajustará al modelo que se in-
cluye
en el Anexo II de la presente Orden.
Para
facilitar el ejercicio del voto por correo, los centros proporcionarán con
ante-
lación
suficiente a los solicitantes de esta modalidad la papeleta de votación y un
sobre
para entregarla de forma confidencial. Quienes hagan uso del voto por co-
rreo
enviarán el sobre de votación por correo postal al centro, acompañado de una
fotocopia
del DNI o documento acreditativo equivalente. Para ser considerados
válidos,
los votos por correo deben obrar en poder de la mesa electoral antes de la
realización
del escrutinio.
Las
decisiones de la mesa electoral podrán ser recurridas ante la misma en el plazo
de
tres días lectivos contados a partir del día siguiente a que se adopten.
e)
Acta: Terminada la votación, la mesa electoral realizará el escrutinio, que
será pú-
blico.
El Secretario de la citada mesa levantará acta firmada por todos los compo-
nentes
de la misma. Posteriormente, la trasladará al Presidente del Consejo Esco-
lar,
debiendo exponerse una copia en el tablón de anuncios del centro.
Dicha
acta se ajustará en su modelo y diseño al Anexo III de la presente Orden.
f)
Validez de la votación: La votación será considerada válida si ha participado
en
ella
un mínimo de dos tercios del total de personas que componen el censo y, para
que
la propuesta se considere aprobada, deberá constar la conformidad de un mí-
nimo
de dos tercios de los votos registrados
2. Fechas de interés del Proceso de Solicitud
11 de marzo. Consejo Escolar para la Elección de 4 titulares y 4 reservas del censo de padres/madres que formarán la mesa donde se depositarán los votos.
12 de marzo. Reunión Informativa de Equipo Directivo, grupo de maestras y familias para explicar directamente los motivos por los que se solicita este cambio de jornada
13 de marzo. Entrega de las papeletas para el VOTO POR CORREO a todas las familias del centro. Se entregan 2 papeletas puesto que votan el Padre y la Madre.(IMPORTANTE). PLAZO DE ENTREGA EL 20 DE MARZO.
20 de marzo. Mesa de recogida de Votaciones consituida por el Director y los 4 padres/madres elegidos por sorteo en el consejo escolar. Horario: de 15:00 a 20:00 horas.
21 de marzo. Envío de documentación a la DAT.
Un saludo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario